MARCOS JUAREZ, 27 de noviembre de 2024.-
D E C R E T O Nº 390
VISTO:
Lo informado y actuado por la Administración del Cementerio Municipal “San Roque” sobre la publicación de un edicto citando y emplazando a los propietarios de un Panteón en dicho cementerio para regularizar la situación tributaria del mismo, compareciendo ante la Administración General del Cementerio Municipal, sito en calle San Juan al 600 de esta ciudad de Marcos Juárez (Cba.), de 6:00 a 13:00 Hs, dentro del término de quince (15) días a contar de la fecha de notificación del mismo, conforme lo dispuesto por Ordenanza Nº 3180; y
CONSIDERANDO:
Que el primer plazo estipulado se encuentra vencido ya que el Edicto fue publicado y notificado el día 04 de noviembre del corriente año;
Que la Ordenanza vigente dispone que vencido el primer plazo otorgado para la regularización de la falta de pago, sin que se haya efectuado el pago o la renovación de la concesión se otorgarán treinta (30) días adicionales a dicho plazo;
Que este nuevo plazo debe instarse mediante la publicación de un edicto en los medios de comunicación locales (radios y televisión) y medios digitales por un periodo de cinco (05) días hábiles;
Que de persistir el incumplimiento, la Municipalidad procederá a depositar los restos en el osario general o dispondrá la cremación de los mismos;
POR ELLO:
LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUAREZ
D E C R E T A
Art.1) Emplazar en forma pública a los familiares de las personas inhumadas en el Panteón ubicado en la sección Nº 1, lote 23, unidad catastral 01-01-17 del predio del Cementerio Municipal «San Roque», cuyo nombre y datos se detallan más abajo, para que antes del día 09 de enero de 2025; procedan a regularizar tal circunstancia:
PANTEÓN
SECCIÓN | LOTE | PROPIETARIO: | FECHA COMPRA | RESTOS DE : |
1 | 23 | Antonio S. Sasia | 1919 | Antonio S. Sasia y familiares |
Art.2) El incumplimiento de lo dispuesto por el artículo precedente facultará a la Administración del Cementerio «San Roque» para realizar la exhumación de los restos y trasladarlos al osario común con las prerrogativas y costos estipulados por el Art.46) de la Ordenanza N° 3180.-
Art.3) Publíquese en los medios de comunicación locales (radios y televisión) y medios digitales por un periodo de cinco (05) días hábiles.-
Art.4) Comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
FIRMADO:
Cra. Sara E. MAJOREL – Intendente Municipal
Dra. Vilma N. SIGAUDO – Secretaria de As. Jurídicos y As. Letrada
Cra. M. Paola ANASTASI – Secretaria de Economía